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    法定机构治理

    Governance mechanism

    Comité Permanente del Sexto Congreso Popular de Shenzhen

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    Nº 207

     

         El Reglamento de la Corte Internacional de Arbitraje de Shenzhen fue adoptado en su 44ª reunión por el Comité Permanente del Sexto Congreso Popular de Shenzhen el 26 de agosto de 2020. Ahora se proclama y entrará en vigor el 1 de octubre de 2020.

      

     

    Comité Permanente del Congreso Popular de Shenzhen

    31 de agosto de 2020

    Reglamento de la Corte Internacional de Arbitraje de Shenzhen

    Adoptado en su 44ª reunión por el Comité Permanente del Sexto Congreso Popular de Shenzhen el 26 de agosto de 2020

     

    Índice de contenidos

    Capítulo 1 Disposiciones generales

    Capítulo 2 Consejo

    Capítulo 3 Agencia de ejecución

    Capítulo 4 Reglas y listas

    Capítulo 5 Gestión financiera y de recursos humanos

    Capítulo 6 Mecanismo de supervisión

    Capítulo 7 Disposición complementaria

     

    Capítulo 1 Disposiciones generales

    Artículo 1. Con el fin de regular el funcionamiento institucional de la Corte Internacional de Arbitraje de Shenzhen, garantizar su independencia, imparcialidad y eficacia en la resolución de conflictos comerciales y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las partes, el presente Reglamento se formula de acuerdo con los principios básicos de la Ley de Arbitraje de la República Popular China y las leyes y reglamentos administrativos pertinentes.

    Artículo 2. La Corte Internacional de Arbitraje de Shenzhen (en adelante, la Corte de Arbitraje) será establecida por el Gobierno Popular Municipal de Shenzhen (en adelante, el Gobierno Popular Municipal) de conformidad con la ley, para desempeñar las funciones de la Comisión de Arbitraje en virtud de la Ley de Arbitraje de la República Popular China y para gestionar y operar de acuerdo con este Reglamento.

    La Corte de Arbitraje también utiliza los nombres de la Comisión de Arbitraje Económico y Comercial Internacional de China Meridional y la Comisión de Arbitraje de Shenzhen.

    Artículo 3. La Corte de Arbitraje es una institución estatutaria sin ánimo de lucro.

    La Corte de Arbitraje aplica un mecanismo de gobierno corporativo con el Consejo de Administración como núcleo y unidad orgánica de decisión, ejecución y supervisión.

    Artículo 4. El Tribunal de Arbitraje es independiente del poder ejecutivo.

    El arbitraje se lleva a cabo de forma independiente de acuerdo con la ley y no está sujeto a la interferencia de órganos administrativos, grupos sociales o individuos.

    Artículo 5. La Corte de Arbitraje puede recurrir al arbitraje, a la mediación, a la facilitación de la negociación, al peritaje y a otras formas acordadas por las partes o solicitadas por la interfaz orgánica con el arbitraje, para resolver los conflictos contractuales y otros conflictos de derechos de propiedad entre personas físicas nacionales y extranjeras, personas jurídicas y otras organizaciones.

    El tribunal de arbitraje debería explorar activamente el mecanismo de resolución de conflictos de inversión internacional.

    Artículo 6. La Corte de Arbitraje está domiciliada en la Zona de Cooperación de la Industria de Servicios Modernos Qianhai Shenzhen-Hong Kong, que sirve de plataforma para la cooperación en materia de arbitraje internacional en la Zona Económica Especial de Shenzhen.

    La Corte de Arbitraje reforzará los intercambios y la cooperación con las instituciones de arbitraje de Hong Kong y Macao, así como con otras instituciones de arbitraje extranjeras y organizaciones internacionales pertinentes, innovará los mecanismos de resolución de disputas comerciales internacionales y promoverá la construcción de un centro de arbitraje internacional en la Gran Área de la Bahía de Guangdong-Hong Kong-Macao.

    La Corte de Arbitraje puede establecer sucursales o centros judiciales fuera del país.

    Artículo 7. Para crear un arbitraje inteligente y proporcionar servicios de resolución de conflictos rápidos y cómodos para las partes, la Corte de Arbitraje hará un amplio uso de Internet, big data, inteligencia artificial y otras tecnologías de la información.

     

    Capítulo 2 Consejo

    Artículo 8. El Tribunal de Arbitraje establece el Consejo como autoridad decisoria.

    Artículo 9. El Consejo se compone de once a quince miembros. El Consejo tiene un presidente y de dos a cuatro vicepresidentes.

    Los miembros del Consejo serán personas eminentes de la profesión jurídica, la comunidad empresarial y otros campos relacionados, tanto de dentro como de fuera de China, entre los cuales no menos de un tercio del número total de miembros será de la Región Administrativa Especial de Hong Kong, la Región Administrativa Especial de Macao y otros países extranjeros.

    Artículo 10. El presidente, el vicepresidente y los miembros del Consejo son nombrados por el gobierno municipal.

    El Consejo tiene un mandato de cinco años, los miembros del Consejo pueden ser reelegidos al final del mandato.

    Si los miembros del Consejo parecen incapaces de desempeñar sus funciones, el gobierno municipal puede destituirlos.

    Artículo 11. El Consejo desempeña las siguientes funciones:

    1)     Finalizar y modificar la constitución de la Corte de Arbitraje, el reglamento interno del Consejo, el reglamento de arbitraje, el reglamento de mediación y otras normas de resolución de conflictos.

    2)     Proponer un candidato a la presidencia de la Corte de Arbitraje.

    3)     Aprobar la creación, modificación y supresión de las comisiones especiales del Consejo y decidir la composición de las mismas.

    4)     Finalizar la lista de árbitros y decidir la contratación y el despido de los mismos.

    5)     Finalizar el informe anual sobre los trabajos de la Corte de Arbitraje y los informes financieros presupuestarios y de cuentas finales.

    6)     Validar el establecimiento y los programas de cambio de las instituciones y ramas internas de la Corte de Arbitraje y el tamaño del personal.

    7)     Desarrollo de importantes normas y reglamentos, como el sistema de remuneración de los árbitros y el sistema de gestión de empleo y remuneración del personal de la Corte de Arbitraje.

    8)     Otras funciones previstas en el estatuto de la Corte de Arbitraje.

    Artículo 12.  El presidente del Consejo ejerce las siguientes funciones:

    1)     Convocar y presidir las reuniones del consejo de administración

    2)     Comprobación de la aplicación de las resoluciones del Consejo

    3)     Otras funciones estipuladas en la constitución y el reglamento de arbitraje de la Corte de Arbitraje.

    Artículo 13. Las reuniones del Consejo se celebran al menos una vez cada seis meses, y son convocadas y presididas por el presidente del Consejo en función de las necesidades del trabajo o de la propuesta escrita de tres o más miembros del Consejo. El presidente puede delegar en el vicepresidente para que convoque y presida en su nombre.

    Las reuniones del Consejo sólo se celebrarán con la presencia de al menos dos tercios de todos sus miembros. Las votaciones del Consejo se realizan por votación y se adoptan por mayoría de al menos dos tercios de los miembros presentes en la reunión; las modificaciones de los Estatutos de la Corte de Arbitraje se adoptan por mayoría de al menos tres cuartos de todos los miembros.

    Artículo 14. La Corte de Arbitraje establecerá los estatutos de la Corte de Arbitraje de acuerdo con el presente Reglamento y dispondrá lo siguiente:

    1)    Condiciones del cargo, modo de elección y funciones de los miembros del Consejo.

    2)    Sistema de deliberación del Consejo.

    3)    Implementación del Sistema de Deliberación de la Agencia.

    4)    Sistema de contabilidad financiera.

    5)    Otras cuestiones que deben especificarse.

    La Corte de Arbitraje presentará los Estatutos de la Corte de Arbitraje al Gobierno Popular Municipal.

    Artículo 15. El Consejo podrá crear los siguientes comités especiales:

    1)    El Comité de Desarrollo Estratégico y Revisión del Reglamento, que se encarga de evaluar la estrategia de desarrollo y la revisión del reglamento de la Corte de Arbitraje cada cierto tiempo y de presentar sus comentarios en la reunión del Consejo.

    2)    El Comité de Examen de las Calificaciones y la Conducta de los Árbitros, que se encarga de examinar las calificaciones para el empleo de los árbitros, supervisar la conducta profesional de los árbitros, disciplinar a los árbitros por infracciones y proponer al Consejo los dictámenes sobre el despido y la renovación del empleo de los árbitros.

    3)    El Comité de Supervisión Financiera y Evaluación de Remuneraciones, que se encarga de emitir dictámenes sobre el presupuesto anual y las cuentas definitivas, de evaluar y supervisar el sistema de remuneración de los árbitros y el sistema de remuneración del personal de la Corte de Arbitraje, y de decidir el encargo de una auditoría.

    4)    Comité de Trabajo de Hong Kong y Macao, encargado de promover los intercambios y la cooperación con Hong Kong y Macao.

    5)    Otros comités especiales que deben crearse.

    Los directores, subdirectores y miembros de cada comité especial serán los miembros del Consejo.

     

    Capítulo 3 Agencia de ejecución

    Artículo 16. La Corte de Arbitraje cuenta con un decano y varios vicedecanos, y puede establecer las instituciones internas y las sucursales que sean necesarias.

    El decano es el representante legal de la Corte de Arbitraje y es responsable ante el Consejo y lo supervisa. El vicedecano asiste al decano en su labor.

    Artículo 17. Los candidatos a decano nombrados por el Consejo, los candidatos a vicedecano nombrados por el decano, de acuerdo con la autoridad y los procedimientos de gestión designados por el gobierno municipal.

    El decano será nombrado de entre los miembros del Consejo.

    Artículo 18. El decano ejerce las siguientes funciones:

    1)    Organizar y ejecutar las resoluciones del Consejo.

    2)    Responsable de la gestión diaria de la Corte de Arbitraje.

    3)    Nombramiento del vicedecano.

    4)    Decidir sobre la contratación y el despido de expertos en mediación, expertos en facilitación de la negociación y otros expertos en resolución de conflictos.

    5)    Organizar la formación y evaluación de los árbitros y otros expertos en resolución de conflictos.

    6)    Organizar la preparación de los informes anuales de trabajo, del presupuesto financiero y de los informes finales de cuentas, de la creación de agencias y sucursales internas y de los programas de cambio, y someterlos a la consideración del Consejo.

    7)    Decidir la fijación de los puestos de trabajo en las agencias y sucursales internas y las condiciones de empleo del personal, así como nombrar o despedir al personal.

    8)    Otras funciones previstas en el estatuto de la Corte de Arbitraje, en el reglamento de arbitraje y en otras normas de resolución de conflictos, y las que le asigne el Consejo.

     

    Capítulo 4 Reglas y listas

    Artículo 19. La Corte de Arbitraje, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales pertinentes y las disposiciones del presente Reglamento, se inspirará en el sistema avanzado de arbitraje internacional, respetará la autonomía de las partes y salvaguardará la independencia del arbitraje como principio básico, formulará reglas de arbitraje, reglas de mediación, reglas de facilitación de la negociación, reglas de revisión de expertos y otras reglas de resolución de disputas.

    Artículo 20. Las partes nacionales y extranjeras podrán acordar la aplicación del reglamento de arbitraje de la Corte de Arbitraje, de los reglamentos de arbitraje de otras instituciones arbitrales, tanto nacionales como extranjeras, o del Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI, y podrán acordar la introducción de cambios en el contenido pertinente del reglamento de arbitraje de la Corte de Arbitraje, así como acordar la ley aplicable, la forma de constitución, la forma de audiencia, las reglas de prueba, el idioma del arbitraje, el lugar de la audiencia o el lugar del arbitraje.

    El acuerdo precedente deberá ser susceptible de aplicación y no deberá contradecir las disposiciones legales obligatorias del lugar de arbitraje.

    Artículo 21. La Corte de Arbitraje establecerá una lista de árbitros y empleará a personas imparciales y decentes como árbitros, de los cuales no menos de un tercio serán de la Región Administrativa Especial de Hong Kong, la Región Administrativa Especial de Macao y otros países extranjeros.

    La Corte de Arbitraje puede establecer una lista de árbitros según criterios tales como diferentes especialidades, industrias y áreas geográficas.

    Artículo 22. La Corte de Arbitraje innovará activamente el reglamento de arbitraje, alentará a las partes a ejercer plenamente su derecho a nombrar árbitros y promoverá la designación conjunta del árbitro presidente o del árbitro único por las partes.

    Artículo 23. La Corte de Arbitraje podrá establecer una lista de expertos en mediación, expertos en promoción de la negociación y otros expertos en resolución de conflictos, según sea necesario.

    Artículo 24. Si las partes acuerdan aplicar el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI o acuerdan un arbitraje ad hoc, podrán nombrar a los miembros del tribunal arbitral a partir de la lista de árbitros proporcionada por la Corte de Arbitraje o de fuentes externas.

    Si las partes se ponen de acuerdo sobre la composición del tribunal arbitral que está fuera de la lista de árbitros, la Corte de Arbitraje confirmará que está calificado para actuar como árbitro en el caso.

    Artículo 25. Si las partes llegan a un acuerdo de arbitraje para arbitrar la controversia en la Zona Económica Especial de Shenzhen de acuerdo con reglas de arbitraje específicas y por personas específicas, y el arbitraje se lleva a cabo en consecuencia, la Corte de Arbitraje puede proporcionar la asistencia necesaria, como el nombramiento de árbitros en nombre de las partes, a menos que las partes acuerden otra cosa.

    Artículo 26. La Corte de Arbitraje establecerá un código ético para los árbitros y un sistema de divulgación y recusación de los mismos, y mejorará el mecanismo de revisión y supervisión de las calificaciones de los árbitros.

     

    Capítulo 5 Gestión financiera y de recursos humanos

    Artículo 27. El Tribunal de Arbitraje establecerá un sistema de gestión financiera y patrimonial adecuado al órgano estatutario.

    Las fuentes de financiación de la Corte de Arbitraje incluyen:

    1)    Gastos de arbitraje.

    2)    Mediación, facilitación de la negociación, honorarios de evaluación de expertos.

    3)    Otros ingresos legítimos.

    Artículo 28. La Corte de Arbitraje establecerá un mecanismo de empleo basado en el mercado y con competitividad internacional, y podrá crear puestos de trabajo según las necesidades, emplear a profesionales nacionales y extranjeros, y construir un servicio profesional de resolución de conflictos y un equipo de gestión.

    El nombramiento, la adaptación y el cese de los puestos de trabajo de la Corte de Arbitraje serán determinados por el Decano y gestionados de acuerdo con el contrato de trabajo.

    Artículo 29. La Corte de Arbitraje para establecer instituciones y sucursales internas debe ser presentada ante el departamento de establecimiento de instituciones municipales.

    La plataforma de cooperación construida por la Corte de Arbitraje con los departamentos gubernamentales pertinentes, las organizaciones internacionales, las empresas, las instituciones, los grupos sociales y otras organizaciones se gestionará de acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes y el acuerdo de cooperación o el estatuto de la Corte de Arbitraje.

    Artículo 30. Con referencia a la práctica internacional y al nivel de mercado de la misma industria, la Corte de Arbitraje podrá desarrollar un sistema de honorarios para la resolución de disputas, un sistema de remuneración para los árbitros y un sistema de remuneración para el personal de la Corte de Arbitraje, y establecer un mecanismo de evaluación y ajuste regular de la remuneración, así como un mecanismo de incentivos a largo plazo.

    La Corte de Arbitraje y su personal participarán en la seguridad social de acuerdo con la ley, y de acuerdo con las disposiciones pertinentes del fondo de la vivienda, la renta vitalicia y otros sistemas.

     

    Capítulo 6 Mecanismo de supervisión

    Artículo 31. Las solicitudes de las partes para la preservación de los bienes, la preservación de las pruebas y otras medidas provisionales, así como las solicitudes de confirmación de la validez del acuerdo de arbitraje, serán examinadas por el tribunal competente de conformidad con las leyes y reglamentos aplicables de la sede del arbitraje.

    Si las partes solicitan la anulación, la ejecución o la no ejecución de un laudo arbitral dictado por la Corte de Arbitraje en el territorio, o solicitan el reconocimiento y la ejecución de la decisión dictada fuera del territorio, deben hacerlo de acuerdo con las leyes y los convenios internacionales aplicables.

    Artículo 32. El Consejo supervisa la ejecución de las decisiones del Consejo por parte de los órganos ejecutivos, aprueba los informes anuales de trabajo y evalúa la actuación de los órganos ejecutivos.

    Artículo 33. El Comité del Consejo para el Examen de las Cualificaciones y la Conducta de los Árbitros y el Comité de Supervisión Financiera y Evaluación de la Remuneración supervisan la contratación y el desempeño de los árbitros y el trabajo financiero de la Corte de Arbitraje, respectivamente.

    Artículo 34. La Corte de Arbitraje debe estar sujeta a la supervisión financiera y de auditoría de acuerdo con la ley.

    Artículo 35. La Corte de Arbitraje hará públicos en su página oficial de Internet los siguientes asuntos para su consulta pública y control social:

    1)    El informe anual sobre las actividades de la Corte de Arbitraje, así como el presupuesto financiero y las cuentas definitivas, según lo autorizado por el Consejo.

    2)    Normas de resolución de litigios, procesos de notificación, tasas e instrumentos de formulario.

    3)    Información sobre la formación y los antecedentes profesionales de los árbitros, expertos en mediación y otros expertos en resolución de conflictos.

     

    Capítulo 7 Disposición complementaria

    Artículo 36. Si las partes acuerdan el arbitraje de la Corte de Arbitraje, la Comisión de Arbitraje Económico y Comercial Internacional de China Meridional o la Comisión de Arbitraje de Shenzhen, la Corte de Arbitraje aceptará el arbitraje.

    Si las partes acuerdan que el arbitraje sea conducido por la Subcomisión de CIETAC del Sur de China y la Subcomisión de Shenzhen de CIETAC durante el periodo en el que la Corte de Arbitraje utilizó originalmente sus nombres, el arbitraje será aceptado por la Corte de Arbitraje.

    Artículo 37. El presente reglamento entrará en vigor el 1 de octubre de 2020.